Me retiré el año pasado en el mes de mayo y mi único ingreso es mi cheque de Seguro Social, que ahora después del descuento que me hacen para el Medicare se queda en $559. Hasta ahora he podido cubrir mis gastos por unos ahorritos que yo tenía, y ya casi no me queda nada. ¿Podría yo ser elegible para que me den una ayuda suplementaria?
No tiene que agotar todos sus ahorros para ser elegible a la Ayuda Suplementaria (SSI), pues la ley permite tener hasta $2.000 si es una persona sola, y $3.000 en el caso de un matrimonio. Además de esa cantidad, puede tener en una cuenta aparte hasta $1.500 por persona, si ese dinero está reservado para gastos de funeral. Como no me dice la cantidad de dinero que le queda en su cuenta, le recomiendo que si es menos de las cantidades arriba señaladas, se ponga en contacto con su oficina local de Seguro Social, pues es probable que usted sea elegible a la ayuda suplementaria y también a recibir el Medicaid que le pagaría lo que le deducen de su cheque para pagar la Parte B (Seguro Médico) del Medicare, así como medicinas por receta y otros muchos gastos de la salud que Medicare no cubre. Llame al 1-800-772-1213 para una cita. La entrevista se la pueden hacer por teléfono para que no tenga que visitar la oficina de Seguro Social.
Aunque dejé de trabajar hace unos años, tuve ingresos adicionales después de mi jubilación. ¿Estos ingresos harán que aumente la cantidad de mis beneficios mensuales de Seguro Social por jubilación?
S.P., Doral
Posiblemente. Por cierto, usted puede trabajar al mismo tiempo recibir los beneficios de Seguro Social por jubilación o como sobrevivientes. Todos los años revisamos los registros de todos los beneficiarios que trabajan y reciben los beneficios de Seguro Social y verificamos si los ingresos adicionales aumentar la cantidad del beneficio mensual. Si merita un aumento, entonces calculamos la nueva cantidad de los beneficios y le pagamos retroactivamente Para informarse mejor sobre cómo el trabajo afecta sus beneficios, lea nuestra publicación titulada, Cómo trabajo afecta sus beneficios, en www.segurosocial.gov.
¿Cómo solicito los beneficios por incapacidad? ¿Cuánto tiempo se tomarán en llegar a una decisión después de solicitar los beneficios por incapacidad?
J.R., Hialeah
Puede solicitar los beneficios de Seguro Social por incapacidad por medio del internet en www.segurosocial.gov. Nos demoramos entre tres a seis meses. El marco de tiempo puede variar dependiendo de:
La naturaleza de su incapacidad;
Cuán rápido podamos obtener la evidencia médica de su doctor u otras fuentes médicas;
Si es necesario enviarlo a usted a un examen médico; y si revisamos su aplicación con propósitos de calidad.
Voy a visitar a mis familiares fuera de EEUU durante dos semanas. ¿Puedo continuar recibiendo los beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)?
J.R.R., Miami
Los beneficios de SSI, por lo general, cesarán si se encuentra fuera de los EEUU por más 30 días consecutivos. Debido a que solamente estará fuera de los EEUU por 2 semanas, sus beneficios de SSI no se deben afectar. Es importante que le haga saber a un agente del Seguro Social las fechas de ida y vuelta, no importa cuánto tiempo piense que estar fuera de EEUU. De esta manera podemos notificarle si sus beneficios se afectarán. Para más información visite nuestro sitio de internet, www.segurosocial.gov o comuníquese llamando a nuestro número gratuito, 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).
¿Será revisado mi derecho a recibir los beneficios del programa del Beneficio Adicional que ayuda con los gastos de los medicamentos recetados de Medicare? ¿Con cuánta frecuencia?
R.R., Pembroke Pines
Si recibe el Beneficio Adicional, es posible que el Seguro Social se comunique con usted para evaluar su situación. Esta re-evaluación le asegurará que está recibiendo los beneficios a los cuales tiene derecho. Por lo general, cada año, a finales de agosto, le enviaremos un formulario para que lo llene, titulado, Administración de Seguro Social revisión de los requisitos de derecho para poder recibir el Beneficio Adicional. Tendrá 30 días para llenar y devolver este formulario. Cualquier ajuste necesario a la cantidad de su beneficio presente entrará en vigor en enero del año siguiente. Visite nuestro sitio de internet, www.segurosocial.gov para más información.