viernes 17  de  enero 2025
CORONAVIRUS

Cuba toma medidas ilegales contra el coronavirus

Solo un estado de emergencia debidamente declarado por el régimen de Cuba, permite restringir temporalmente los derechos de los ciudadanos

Una mujer detenida por la Policía de Cuba mientras corría junto a su hijo por un barrio de la periferia habanera. Un hombre reprendido por un agente en el Malecón, de donde fue obligado a alejarse.

Los cubanos coinciden en que, por estos días, debido a la pademia del coronavirus, las calles de la Isla están más vacías que de costumbre, pero muchos no tienen claro qué pueden hacer y qué no, dónde están los límites de lo permitido. Tampoco saben hasta dónde llegan las recomendaciones del régimen y dónde empiezan las disposiciones de obligatorio cumplimiento, señala un artículo publicado en DiarioDeCuba.

Los policías del régimen no están mejor informados sobre la pandemia del coronavirus, a tenor de los testimonios que emergen en las redes sociales: agentes indecisos, hablando siempre con la "boca pequeña", incapaces de dar explicaciones e indicaciones precisas a los ciudadanos.

La responsabilidad de esta situación es del régimen, y no solo por la falta de una comunicación eficaz que evite la confusión, sino porque muchas de las medidas tomadas en Cuba, para frenar el coronavirus, hasta ahora son inconstitucionales y, por tanto, ilegales.

Restricciones como las de viaje -para cubanos y extranjeros que se hallan en la Isla-, el cierre de escuelas, la prohibición de recoger en los aeropuertos a familiares que llegan del exterior, el confinamiento obligatorio para estos, etc., son medidas, tomadas por el régimen, que han carecido de basamento legal en el marco del coronavirus. Lo único que respalda su imposición es haber sido declaradas por el régimen a través de los medios oficiales de la dictadura, pero eso no las convierte en legales.

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Dos mujeres usan mascarillas mientras caminan por una de las calles de La Habana, en Cuba, el 24 de marzo de 2020.

Dos mujeres usan mascarillas mientras caminan por una de las calles de La Habana, en Cuba, el 24 de marzo de 2020.

Esas medidas solo serían aplicables a partir de la declaración de un "estado de emergencia" por la presencia del coronavirus que, sin embargo, no ha sido anunciado. Y de ese punto arranca la confusión.

Según el artículo 67 de la Constitución, "en caso o ante la inminencia de desastres naturales o catástrofes u otras circunstancias que por su naturaleza, proporción o entidad afecten el orden interior, la seguridad del país o la estabilidad del Estado, el presidente del Consejo de Estado puede declarar el estado de emergencia en todo el territorio nacional o en una parte de él, y durante su vigencia disponer la movilización de la población".

"La ley regula la forma en que se declara el estado de emergencia, sus efectos y su terminación. Igualmente, determina los derechos y deberes fundamentales reconocidos por la Constitución, cuyo ejercicio debe ser regulado de manera diferente durante la vigencia del estado de emergencia".

Es decir, sería el dictador del régimen, Miguel Díaz-Canel, en su condición de presidente del Consejo de Estado, quien debería declarar un estado de emergencia que permita la restricción de las libertades impuesta en este momento en Cuba de manera arbitraria y así poder hacer frente al coronavirus.

A la vez, para aplicar el estado de emergencia se debería recurrir a la Ley 75 de Defensa Nacional.

Esa normativa indica que "la Defensa Nacional se prepara y realiza bajo la dirección del Partido Comunista. El Estado, por su parte, debe asegurar los recursos necesarios".

El uso de la Ley de Defensa Nacional "se contempla en tres supuestos: estado de guerra o la guerra, movilización general, o estado de emergencia".

Sobre este último, indica que, una vez declarado, "tan pronto las circunstancias lo permitan, el presidente del Consejo de Estado da cuenta de su decisión a la Asamblea Nacional del Poder Popular o al Consejo de Estado, de no poder reunirse aquella".

Además, "el presidente del Consejo de Estado puede extender o declarar terminado el plazo de vigencia del estado de emergencia, en dependencia de la presencia o desaparición de las causas que lo originaron, e informará su decisión a la Asamblea Nacional o al Consejo de Estado, según lo dispuesto".

Es decir, solo un estado de emergencia debidamente declarado por el régimen, permite restringir temporalmente los derechos de los ciudadanos en tiempos de paz, tal y como se está haciendo ahora mismo en Cuba.

El régimen de Cuba ha activado, por otra parte, los Consejos de Defensa, obviando que, según la Ley 75, estos "se constituyen y preparan desde tiempo de paz para dirigir el país en las condiciones de estado de guerra, durante la guerra, la movilización general o el estado de emergencia, siendo esta última la medida excepcional de menor entidad".

A diferencia de Cuba, otros países afectados por el coronavirus han declarado estados de emergencia, de alarma, o activado otros mecanismos previstos en su ordenamiento legal para situaciones de emergencia en las que sea preciso restringir las libertades de los ciudadanos.

¿Por qué no lo ha hecho el régimen cubano, en medio de una pandemia global como el coroavirus?

Se hace difícil hallar las posibles explicaciones: no incrementar la alarma de la población, gobernar según la costumbre de ordeno y mando arraigada en el castrismo.

En cualquier caso, el régimen ha aprovechado una vez más la falta de cultura democrática que él mismo ha fomentado en los cubanos, y el desconocimiento de los mecanismos constitucionales que acotan las posibilidades de restringir derechos fundamentales supuestamente protegidos por la Constitución.

Nadie, ni siquiera el Estado, puede violar los derechos fundamentales sin un respaldo legal. Que el régimen lo disponga escudándose en la protección ciudadana ante una crisis sanitaria como el coronavirus no lo convierte en válido. Tampoco vale de nada la proclamación reiterada de la existencia de un estado de derecho en Cuba, cuando no hay apego ni siquiera a las propias normas establecidas por el Estado.

Ese llamado a "fortalecer la legalidad" realizado por el dictador Miguel Díaz-Canel en la clausura del IV Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el pasado 21 de diciembre, objetivo del intenso cronograma legislativo que se ha planificado para los próximos meses, se encuentra ya entre las primeras víctimas del coronavirus en Cuba.

FUENTE: DIARIO DE CUBA

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