JUDITH FLORES.-
Especial
Un jurista especializado en Derechos Humanos asegura que Nicaragua tendría que responder por no ofrecer protección legal a las presuntas víctimas del mandatario
JUDITH FLORES.-
Especial
El Gobierno de Nicaragua ha mantenido completo hermetismo en relación con dos nuevas denuncias de presunto abuso sexual cometido por el presidente Daniel Ortega contra dos menores de edad.
Los familiares de Elvia Junieth Flores Castillo, y Patricia Ortega Prado, que habrían sido abusadas por Ortega desde los 15 y 12 años, respectivamente, presentaron pruebas de los hechos y en uno de los casos, el Ministerio de la Familia conserva el expediente que contiene la denuncia, archivada con la evaluación de una especialista.
La familia de Elvia Junieth, de tradición sandinista, asegura que la denuncia del abuso cometido por Ortega contra la menor es la causa de la condena que mantiene en una cárcel de máxima seguridad en Nicaragua, a Santos Sebastián Flores Castillo, hermano mayor de la joven que denunció el abuso.
Flores Castillo fue condenado a 15 años de prisión, inculpado del mismo delito del que acusó a Daniel Ortega.
Daniel Ortega con Elvia Junieth, en una foto sin fecha (CORTESÍA)
Mientras, el resto de la familia Flores Castillo, ha huido hacia Costa Rica y Estados Unidos, en busca de refugio y son considerados “traidores” de la llamada revolución.
Ninguna instancia del Poder Judicial en Nicaragua hasta el momento se ha hecho eco de la denuncia. Los organismos nicaragüenses de defensa de los derechos mujeres guardan silencio, los organismos de derechos humanos no han abordado el tema de fondo, tampoco los partidos políticos de oposición en el Parlamento han solicitado se investiguen los nuevos casos tal y como lo establecen las normativas internas, pese a que se trata de la tercera denuncia documentada contra Ortega por abuso sexual contra niñas.
El jurista de origen nicaragüense Uriel Pineda, con maestría en Derechos Humanos, y académico en la Facultad de Leyes de la Universidad Iberoamericana de la Ciudad de México, en entrevista con DIARIO LAS AMÉRICAS ofrece los argumentos que respaldarían dar comienzo a un proceso de investigación contra Ortega, y los mecanismos internacionales a los que se podría recurrir.
Santos Sebastián Flores Castillo cumple prisión, acusado de violación después de haber reclamado
lo que califica como de abuso de Ortega contra su hermana (CORTESÍA)
¿Qué opinión le merece que un gobernante esté siendo señalado de abuso sexual por tercera ocasión?
_Es un señalamiento vergonzoso, el régimen no tiene autoridad moral para impulsar de forma congruente una política pública frente a la violencia de género, si el propio presidente es señalado de violación. Existen tres aspectos que como abogado me preocupan. Primero, es el precedente de su hijastra (Zoilamérica Ortega Murillo), este caso llegó a ser del conocimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), fue necesario porque a Zoilamérica le fue negado un proceso judicial. Si a ella se lo negaron, se deduce que las nuevas denuncias simplemente son nulas. Lo segundo, es la falta de independencia judicial en Nicaragua. Hoy en día, ninguna autoridad judicial toma una decisión que trastoque los intereses del régimen sin haber recibido antes la instrucción de cómo resolver el caso. Tercero, la asimetría de poder. Es un elemento que deben tener presente las autoridades al momento de atender la denuncia para tratarla con enfoque de género, esto reviste primordial interés considerando que Ortega es el jefe de Estado, pero además controla los otros poderes.
De acuerdo con las denuncias, ¿qué delitos se le adjudicarían a Ortega?
La violación y el abuso sexual son sin duda las premisas básicas que deben encausar la investigación y un eventual proceso. Sin embargo, es necesario hacer un análisis integral. No se puede perder de vista que hay señalamientos de amenazas contra las familias y hasta de tortura, lo que implicaría que puede existir responsabilidad penal respecto de otros funcionarios y personas que han intervenido.
¿Qué le corresponde hacer a las instituciones en Nicaragua, qué harían otros países en el mismo caso?
En materia de derechos humanos, los Estados tienen la obligación de respetar, garantizarlos y protegerlos.. La violación a los derechos humanos nace cuando el Estado incumple sus obligaciones generales, al momento que la integridad y/o libertad sexual de una mujer es vulnerada, el Estado debe investigar los hechos, determinar las responsabilidades y castigar a los agresores. Si esto no se cumple, el Estado violenta sus compromisos internacionales al negar el derecho a la justicia de la mujer afectada y su derecho a una vida libre de violencia. Un Estado responsable debe investigar los hechos de la denuncia y determinar las responsabilidades con independencia de la identidad del agresor. Naturalmente, para que esto ocurra debe existir una institucionalidad democrática, lo que no ocurre en Nicaragua por la alta concentración de poder que tiene Daniel Ortega.
Zoilamérica Ortega Murillo, hijastra de Ortega, llevó su caso hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (CORTESÍA)
¿Qué estatus que se le otorga a este tipo de caso en el marco jurídico internacional?
Ortega es jefe de Estado y como tal tiene inmunidad diplomática, pero ello no tiene relevancia en este caso. Los hechos ocurrieron en Nicaragua y son las autoridades de este país las que deben asumir su responsabilidad. Si no, existirán otros mecanismos internacionales que operan de forma subsidiaria, pero en todo caso determinan la responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua por negar el acceso a la justicia y el derecho de la mujer a vivir libre de violencia. La determinación de esa responsabilidad en el mejor de los casos, ordenaría la realización de una investigación y determinar las responsabilidades, pero estas instancias no determinarán la responsabilidad de Ortega. La única excepción admitida son las violaciones graves a derechos humanos como el genocidio y los crímenes de lesa humanidad. En ese supuesto, los Estados están obligados a ejercer la llamada jurisdicción universal, es decir, que con independencia de dónde se hayan cometido esos graves crímenes, los responsables pueden ser procesados y juzgados en otros países. Ese justamente fue el caso de Augusto Pinochet ante el requerimiento de España casi dos décadas atrás. Sin embargo, nos encontramos ante un delito de naturaleza sexual que debe ser conocido por las autoridades nicaragüenses.
¿Qué se puede hacer ante la impunidad?
Nicaragua tiene compromisos internacionales en materia de derechos humanos, su incumplimiento deriva en la denegación del derecho de acceso a la justicia. Cuando se deniega este derecho, se activa el llamado ius standi, es decir, la facultad [del interesado] de acudir a instancias internacionales. En este caso concreto, si Nicaragua deniega el derecho acceso a la justicia, las víctimas y sus familiares pueden acudir ante la CIDH, como en su momento lo hizo Zoilamérica. Otra alternativa sería presentar la denuncia ante el Comité de la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Este Comité tiene facultad de conocer denuncias individuales y emitir recomendaciones a los Estados en virtud del protocolo facultativo de 1999 de la referida convención. Sin embargo, Daniel Ortega se ha negado a suscribir el protocolo por obvias razones, la suscripción de este protocolo ha sido una demanda reiterada por parte de las organizaciones de sociedad civil que trabajan con derechos de las mujeres. En todo caso, estas instancias no determinarían la responsabilidad de Ortega, sino la responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua por incumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos.
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