lunes 9  de  marzo 2026
BIENES RAÍCES

¿Por qué cerrar la compra de la vivienda antes del 31 de diciembre?

Si eres residente permanente del  Estado de la Florida,  podrás optar para el descuento en los impuestos de tu residencia primaria

Esta época de alegría y celebración con familiares y amigos, puede desviar la atención de aquellos que están comprando una propiedad y desconocen que para tener derecho a la exención de impuesto sobre la residencia permanente (HOMESTEAD EXEMPTION), que en español se conoce como Exención Relativa a la Tasación de Inmuebles, el cierre de la transacción en dicha propiedad debe ser efectuado en o antes del día 31 de Diciembre del 2016; de no ser así desaprovecharán la oportunidad y perderán el derecho a hacer su solicitud para la exención en el 2016.

Si eres residente permanente del estado de la Florida, podrás optar para el descuento en los impuestos de tu residencia primaria. El día 2 de enero de cada año el departamento de recaudo de impuestos a las propiedades, abre algunas oficinas temporales en diferentes ciudades del Condado para facilitar a los residentes la solicitud; todas aquellas personas que cumplan con los requisitos exigidos antes del día 1 de Marzo recibirán la exención comenzando el mismo año.

Quienes, por alguna razón, pierden la oportunidad de declarar durante las fechas anteriormente descritas, también pueden hacerlo en cualquier momento dirigiéndose a la oficina principal localizada en downtown Miami, que permanece abierta todo el año; en este caso la exención comenzará a ser efectiva a partir del siguiente año. Ej: si la propiedad fue comprada en el año 2016 pero la aplicación se efectuó después del día el día 2 de Marzo del 2017, esa propiedad no disfrutará de la exención en el mismo año, pues será efectiva a partir del 2018.

También existen otros tipos de exenciones para las que pueden optar aquellas personas que son viudo/a veteranos de guerra, civiles con incapacidad parcial o total, mayores de 70 años, estas exenciones solo aplican en la residencia permanente. Para más detalles entre en mi página www.LourdesSeda.com dónde encontrará un link de acceso con toda la información necesaria, incluyendo los números de teléfono y aplicaciones.

Algunos de los requisitos para aplicar son los siguientes:

1) Presentar prueba de residente permanente o ciudadano americano.

2) Vivir la propiedad para la cual se solicita el descuento de impuesto; usted puede tener más de una propiedad a su nombre y solo recibirá descuento en la residencia permanente, la exención pertenece al dueño, no a la propiedad.

3) La propiedad debe estar a nombre del nuevo dueño en o antes del 31 de Diciembre del año anterior.

4) La licencia de conducir del dueño debe tener la dirección de la propiedad para la que solicita la exención.

5) Debe presentar recibo de agua, luz y/o teléfono en dicha propiedad a nombre del dueño.

Si está decidido a comprar o cambiar su residencia permanente, es recomendable que agilice la transacción y cierre antes del día 31 de Diciembre del 2016 y así tendrá una razón más para celebrar la llegada del nuevo año.

Este es el momento de poner acción su sueño de ser dueño. Decídase el mercado está cambiando favorablemente para los compradores y esta es su gran oportunidad.

Siempre estoy a su alcance para servirles vía e-mail [email protected], llamando al 786.427.6577 y su pregunta o solicitud será atendida con excelencia. Gracias a Diario Las Américas por permitirme llegar a sus hogares en cada edición de

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