De acuerdo con Greg Chin, director de Comunicaciones del MDAD, “el Condado Miami-Dade aún está investigando si los beneficios de salud ofrecidos a los empleados de tiempo parcial de Ultra Aviation cumplen con los requerimientos mínimos de la ordenanza del Condado sobre salario digno. Si el Condado determina que no están cumpliendo dicha ordenanza, tomaremos en su momento las medidas correspondientes”.
El abogado de Ultra Aviation, Miguel De Grandy, aclaró a DIARIO LAS AMÉRICAS, en uno de tres emails que envió, que “la LWO requiere que el Condado emita una notificación formal, por escrito, si se ha encontrado alguna violación [de la ordenanza]. Nosotros obviamente no hemos recibido dicha notificación”.
De Grandy además anunció que MDAD había aceptado su pedido de extender del plazo del 12 de junio para revisar los argumentos legales presentados por la defensa.
Ultra Aviation es la única de cinco empresas contratistas, a la que el condado le ha expedido un permiso para hacer negocios de manera directa con las aerolíneas con el propósito de servir a los pasajeros en tierra. De acuerdo con información de 32BJ SEIU (el sindicato al que están afiliados algunos de los trabajadores de la empresa en cuestión) Ultra Aviation es el tercer contratista más grande y tuvo ingresos, en 2014, por encima de 10 millones de dólares.
La queja
El pasado 15 de mayo, ante el pleno de la comisión del condado Miami-Dade, el sindicato denunció que Ultra Aviation violaba la ordenanza sobre salario digno que le exige a las empresas pagar $12.63 la hora con plan de salud, o $15.52 la hora sin cobertura médica para el empleado.
De acuerdo con el testimonio de un exempleado de Ultra, Javier Vivo, los trabajadores de esa empresa debían acogerse de manera obligatoria al seguro médico o, de lo contrario, no podían seguir en esa compañía. “Esto le permite a Ultra pagar a los trabajadores $12.63 en lugar de $15.52”, explicó Ana Tinsly, vocera de 32BJ SEIU.
Según la experta llevada por ese gremio a la audiencia de la comisión, el seguro de salud ofrecido por Ultra Aviation no cumplía con los estándares legales, es decir, los diez puntos de cobertura médica exigidos por la ley de salud asequible (ACA, también llamada Obamacare), los “beneficios esenciales de salud” (EHB): servicios ambulatorios, urgencias, hospitalización, cuidados de maternidad y para los recién nacidos, salud mental y psicoterapias, medicinas recetadas, servicios de rehabilitación e implementos, gastos de laboratorio, medicina preventiva y tratamiento de enfermedades crónicas, pediatría incluidos visión y odontología.
El servicio médico, al que están inscritos los trabajadores de Ultra, supuestamente no cubre servicios de salud mental o tratamiento de abuso de sustancias, servicios de rehabilitación, salud regular para servicios ambulatorios (visitas al médico); servicios de emergencia; hospitalización; Cuidado de la maternidad y del recién nacido; medicamentos con receta; servicios de laboratorio, y cuidado pediátrico dental y de visión.
Urgencias
Vivo contó a DIARIO LAS AMÉRICAS que el pasado 15 de julio se sintió mal, fue a la sala de urgencias del Jackson Memorial, donde no estuvo más de dos horas. Lo atendió un médico que le ordenó un electrocardiograma. Dos semanas después, el hoy exempleado de Ultra empezó a recibir facturas por un valor total de cerca de 5.000 dólares por los gastos incurridos durante su estadía en el servicio de urgencias.
Era un trabajador de tiempo parcial y había renunciado a su cobertura médica, proveniente del Obamacare, por la que pagaba al mes 45 dólares. No pagaba nada por el nuevo seguro, ofrecido por Ultra a través de la empresa Transamérica. Por lo tanto, para él fue una sorpresa la cuenta que le llegó del Jackson. Al final, la empresa aseguradora le informó que su cobertura no incluía servicios de urgencias.
Por casos como este el pasado mes de abril los trabajadores entregaron más de 70 quejas al Departamento de Aviación del Condado pidiendo una investigación oficial. Se cree que podría haber 350 empleados a quienes no se les ha pagado a lo que tienen derecho por ley. En razón de la ordenanza del salario digno, el condado paga $2.92 a la empresa por cada empleado que reciba seguro médico.
En 2016, sin embargo, Ultra Aviation tuvo dos auditorías por parte de MDAD. En la del mes de octubre, el departamento expidió un comunicado en el que estableció que, después de una revisión de todos los documentos suministrados, la división de asuntos de minorías de MDAD “concluyó que Ultra Aviation Services cumple con los requisitos de la ordenanza de salario justo (LWO)”.
“Ultra no puede violar requerimientos que no existen”
Miguel De Grandy señaló varios puntos en los que no sólo niega que su cliente esté violando la ordenanza de salario digno, sino cuestiona que el Condado haya cambiado su parecer y ahora diga que “no se ha tomado ninguna determinación”. [si Ultra Aviation cumple con la ley, como ya lo certificó el año pasado].
El abogado además indicó que, de acuerdo con el Obamacare, hay varias excepciones en el cumplimiento de los EHB, como lo indicó en una carta que le envió a Shelia Hoilett, de la oficina de cumplimiento de la división de minorías del MDAD. “Por ejemplo: cobertura para ciertas enfermedades (como pólizas exclusivas para el cáncer) e indemnización por hospitalización u otro tipo de seguros de indemnización, no están sujetos a los requerimientos de EHB. Ultra, por su tamaño, no tiene la obligación, por ley federal, de ofrecer un plan que cubra los beneficios mínimos de salud” [indicados en el Obamacare].
Por otra parte, la defensa de Ultra Aviation precisó que fueron derogados los requerimientos mínimos para los beneficios de salud establecidos por la LWO, a la luz de la norma 627.6699(12)(a) de la Constitución de la Florida. “Lo fundamental es que desde hace dos años la ordenanza de salario digno ya no tiene sentido y no ofrece ninguna notificación o estándar de lo que debe ser incluido como beneficios de salud dentro de dicha ordenanza. Por lo tanto, no hay razón alguna para decir que Ultra puede violar un conjunto de requerimientos que no existen”.
Pero el Condado ya respondió el anterior argumento en comunicación dirigida al sindicato. De acuerdo con Alice Hidalgo-Gato, de la división de monitoreo de contratos y cumplimiento del departamento de desarrollo de pequeños negocios, la norma 627.6699(12)(a) habla de “cobertura acreditada” y remite a la sección 627.6562, de la constitución de Florida, que la define bajo un paquete de servicios de salud esenciales en el que están incluidos, precisamente, los diez puntos de beneficios mínimos de salud que debe contener cualquier seguro médico.
Si la investigación encuentra que Ultra Aviation violó la ley, podría ser objeto de una penalidad multimillonaria.