jueves 10  de  septiembre 2026
BATALLA MIGRATORIA

Demanda de cubanos con I-220A supera primera barrera en corte federal de Miami

La jueza Jacqueline Becerra permitió que el litigio avance, pero la decisión no concede parole ni residencia automática a los demandantes

Diario las Américas | CARLOS ARMANDO CABRERA
Por CARLOS ARMANDO CABRERA

MIAMI.- El litigio presentado por 992 cubanos que recibieron el formulario I-220A al ingresar a Estados Unidos superó este jueves una primera barrera judicial, luego de que la jueza federal Jacqueline Becerra concluyera que su tribunal puede examinar los asuntos de fondo planteados por los demandantes.

La audiencia se celebró en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, en Miami, donde el Gobierno federal solicitaba la desestimación del caso Bello-Rubio contra Noem por falta de jurisdicción.

De acuerdo con información divulgada por el periodista Daniel Benítez, los abogados Mark Prada y Anthony Domínguez señalaron al salir de la corte que Becerra rechazó ese argumento procesal y estableció un calendario acelerado para continuar el análisis de la acción colectiva.

Según explicaron los representantes legales, el Departamento de Justicia y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) dispondrán de siete días para responder a la solicitud de certificación de la clase y a las medidas de protección reclamadas por quienes integran el expediente.

Una vez presentada esa contestación, el equipo jurídico de los cubanos contará con un plazo similar para replicar. También se anticipa una nueva comparecencia antes de finalizar septiembre.

Hasta el cierre de esta información no se había divulgado una orden escrita que detallara el alcance exacto de lo expresado por la magistrada. Por esa razón, el resultado conocido debe entenderse como un avance procesal y no como una decisión definitiva sobre la situación migratoria de los involucrados.

La controversia se concentra en la manera en que fueron liberados después de llegar a la frontera sur. Sus defensores sostienen que las autoridades debieron documentar esas liberaciones mediante un permiso de permanencia temporal, conocido como parole, en lugar de entregarles una I-220A.

La Administración federal mantiene que la libertad bajo palabra concedida mediante ese documento no equivale jurídicamente a un parole y, por tanto, no cumple por sí sola el requisito de admisión o permiso temporal contemplado en la Ley de Ajuste Cubano.

La diferencia resulta determinante. La I-220A permite que una persona permanezca fuera de custodia mientras continúa su proceso, pero no constituye una admisión formal al país ni garantiza el acceso a la residencia permanente.

Lo anunciado durante la sesión tampoco certifica todavía la acción como colectiva, suspende procedimientos de deportación ni protege automáticamente a todos los inmigrantes que poseen ese formulario.

Cada persona deberá continuar cumpliendo sus citas ante el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y sus comparecencias en la corte, salvo que reciba instrucciones diferentes relacionadas con su expediente particular.

El próximo intercambio de argumentos permitirá conocer la postura del Ejecutivo sobre las garantías solicitadas y ayudará a delimitar quiénes podrían quedar incluidos si Becerra autoriza finalmente la certificación de la clase.

La discusión principal sobre si las liberaciones fueron clasificadas correctamente o debieron tramitarse como parole, permanece abierta y podría tener repercusiones para miles de cubanos en circunstancias semejantes.

DIARIO LAS AMÉRICAS seguirá de cerca el desenlace de este caso.

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