Pregunta:
Pregunta:
¿Se reducirán mis beneficios por discapacidad si recibo compensación laboral u otros beneficios públicos por discapacidad? R. Santiesteban, Miami FL.
Respuesta:
Si recibe compensación laboral o pagos de beneficios públicos por discapacidad, podemos reducir los beneficios de la Seguridad Social para usted y su familia.
Los pagos de beneficios de incapacidad pública pagados bajo una ley del gobierno federal, estatal o local pueden afectar su beneficio de Seguro Social. Esto incluye los beneficios por discapacidad del servicio civil, los beneficios por incapacidad temporal del estado y los beneficios de jubilación del gobierno estatal o local basados en la discapacidad. Los pagos de discapacidad de fuentes privadas, como una pensión privada o beneficios de seguro, no afectan sus beneficios por discapacidad del Seguro Social. Sin embargo, en algunos casos, las aseguradoras privadas de discapacidad pueden exigirle que solicite los beneficios por discapacidad del Seguro Social antes de que le paguen. Es posible que desee verificar para conocer la política de su aseguradora privada.
Reducimos los beneficios por discapacidad del Seguro Social que reciben usted y su familia si el monto total combinado, más el pago de compensación laboral, más cualquier pago público por discapacidad que reciba, excede el 80% de sus ganancias promedio antes de que se lesione o enferme.
Consulte la publicación Lo que necesita saber cuando obtiene beneficios por discapacidad del Seguro Social para obtener más información.
Pregunta:
Estoy muy feliz de que me acaban de aprobar para recibir beneficios por discapacidad. ¿Cuánto tiempo pasará antes de recibir mi primer pago? E. Johnston, Delrey Beach FL.
Respuesta:
Si es elegible para los beneficios por discapacidad del Seguro Social hay un período de espera de cinco meses antes de que comiencen sus beneficios. Pagaremos su primer beneficio por el sexto mes completo después de la fecha en que descubramos que comenzó su discapacidad. Por ejemplo, si su discapacidad comenzó el 15 de junio de 2018, su primer beneficio se pagará en el mes de diciembre de 2018, el sexto mes completo de incapacidad, y recibirá su primer pago de beneficios en enero de 2019. Puede leer más sobre el proceso de aprobación de beneficios por discapacidad.
Pregunta:
Estoy recibiendo Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). ¿Pueden mis hijos recibir beneficios de dependientes basados en mis beneficios? L. Brown, Miami Fl.
Respuesta:
No. Los beneficios de SSI se basan en las necesidades de una persona y se pagan solo a la persona calificada. Los niños discapacitados son potencialmente elegibles para el SSI, pero no hay beneficios de cónyuge, hijos dependientes o sobrevivientes pagaderos como los hay con los beneficios de la Seguridad Social. Para obtener más información, consulte nuestra publicación Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), disponible en línea. Simplemente escriba el título de la publicación en el cuadro de búsqueda de publicación en el lado izquierdo de la página. También puede leer Understanding Supplemental Security Income (SSI). Para obtener más información, visite nuestro sitio web.
Pregunta:
¿Quién es elegible para Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)? R. Jones, Miami Beach FL.
Respuesta:
Las personas que reciben SSI tienen 65 años o más, son ciegas o discapacitadas con ingresos y recursos limitados. Visite www.socialsecurity.gov para conocer los límites de ingresos y recursos. El fondo general del Tesoro de los Estados Unidos realiza pagos de SSI. No provienen del Fondo Fiduciario de la Seguridad Social.