Sin ocultar su desdén por el documento fundacional, estos teóricos del revisionismo histórico tachan la Carta Magna como un documento obsoleto que obstruye la necesaria legislación progresiva y el gobierno mayoritario, y alertan sobre la necesidad de que el Congreso apruebe leyes utilitarias, no importa que violen o estén por encima de las normas constitucionales.
Esta estrategia revisionista, carente de sustrato legal y posicionada en las antípodas de los principios fundamentales plasmados en la Constitución, se aplica también para las más altas instancias judiciales de los Estados Unidos.
Recientemente, el exfiscal general Eric Holder indicó en una entrevista que una de las prioridades más imperiosas del Partido Demócrata era centrarse en reformar y ampliar la Corte Suprema, de cara a las elecciones de 2028.
La mala praxis del constitucionalismo en EEUU está en la raíz de una cultura política de izquierda que fácilmente tiende a la demagogia de la justicia social. Durante su administración, Thomas Woodrow Wilson declaró explícitamente que la Constitución era un impedimento para los tipos de "reformas" que pretendía el movimiento progresista. En los últimos años, tanto Biden como Obama han utilizado a los jueces federales para generar cambios de facto en la Constitución, en una dirección abiertamente escorada hacia la izquierda.
Al colocar en un segundo plano la “Ley de leyes” como la norma suprema y fundamental del Estado, a la izquierda neomarxista solo le interesa servirse de la Constitución cuando se alinea con sus fines políticos. De lo contario, si se interpone en el camino de sus intereses, se le desacredita bajo cualquier excusa.
Los expertos llaman a esta instrumentalización del poder, activismo judicial. Una nueva tendencia ejercida especialmente por jueces y tribunales cuya interpretación de la jurisprudencia constitucional se basa más en la pretensión ideológica sectaria del resultado de un caso que en la aplicación estricta de la ley, lo que debilita el Estado de Derecho.
Bajo la pretensión de entender la Constitución como un documento vivo, que “evoluciona” con el tiempo, los jueces liberales reinterpretan la Constitución para adecuarla a una agenda ideológica.
Este “gobierno de los jueces” incorpora preferencias políticas teorizantes en sus decisiones, en lugar de interpretar las ordenanzas constitucionales y legislativas según el significado literal y original de la ley, obviando cualquier intento de rebatir a sus contrapartes conservadores que definen el significado con pruebas concretas históricas.
Bajo el modelo ambivalente de una justicia institucionalizada, estos jueces de tendencia liberal reconocen que los textos constitucionales originales deber ser reinterpretados, asumidos, desnaturalizados y hasta modificados por estructuras estatales en continua transformación, cuando entran en conflicto con las estrategias políticas de quienes gobiernan.
Por su parte, los jueces originalistas y tradicionales interpretan los textos en base a su significado histórico, usando definiciones de la época en que estos fueron escritos, y/o utilizando otras evidencias históricas que clarifiquen lo que los legisladores de entonces interpretaron acerca del significado de ese texto.
"Cambio de prioridades"
El peligro de tener una justicia que interpreta las leyes y la Constitución, desde una plataforma programática ideológica y política, se vio reflejado en la agenda llevada a cabo por Barack Obama. En la toma de posesión de su primer mandato, Obama juró que defendería el integro cumplimiento de las leyes. Una vez en la Casa Blanca, se negó a ejecutar leyes con las que no estaba de acuerdo.
Con la justificación de proteger la deportación de cerca de 5 millones de indocumentados, Obama en 2014 utilizó una serie de disposiciones para cambiar las prioridades de aplicación de las leyes migratorias, sin consentimiento del Congreso. Como no lograba que el órgano legislativo bicameral aprobara alguna adaptación de la amnistía que el proponía, dispuso una orden ejecutiva por la que se eximía a ciertos inmigrantes de cumplir con las leyes estipuladas en estos casos.
Algunos analistas aseguran que esa habilidad para sortear las leyes estadounidenses la aprendió Obama en la Facultad de Derecho de Harvard bajo la tutela del profesor activista Derrick Bell, quien a diferencia del profesor Gerald Gunther, se dedicaba en el campus a difamar la Constitución y a estigmatizarla por ir, en su opinión, en contra de las políticas de cuotas raciales.
Desde entonces, Obama nunca tuvo en cuenta los textos fundacionales como una referencia obligada para trabajar dentro del marco legal de Estados Unidos. Esa deconstrucción de las instituciones democráticas, so pretexto de reinterpretar la historia constitucional para enfatizar el rol distributivo y equitativo del Estado, ha sido, tradicionalmente, una prioridad del expresidente Obama, quien ve la Constitución como una especie de panfleto extemporáneo que debe ser revisado constantemente y manipulado en función de una agenda progresista.
Los conceptos de revisionismo y activismo judicial han tenido también como finalidad obsesiva a la Corte Suprema, penetrada por jueves activistas que intentan retorcer la Constitución al servicio de determinados intereses.
A diferencia de los originalistas, durante más de 50 años los jueces revisionistas de la Corte Suprema se han percibido a sí mismos como reformadores de un "Poder Constituyente Permanente" y portadores de un cambio que cuestiona, según ellos, la interpretación estática o "clásica" de la Constitución. El abandono de los principios del proyecto constitucional es tan revelador que incluso algunos miembros liberales del máximo órgano -afines al activismo judicial- han modificado algunos artículos de la Constitución para servir a la causa sensiblera de la igualdad, la equidad y la justicia.
Una relectura de “Government by Judiciary: The Transformation of the Fourteenth Amendment”, de Raoul Berger, sería suficiente para examinar esos tópicos.
"Revolución social"
Como observara Berger, reconocido jurista de la Universidades de Berkeley y Harvard, los jueces activistas utilizan especialmente la Decimocuarta Enmienda para reescribir la Constitución, transformándola en una plataforma de “revolución social y política”. En su obra Burger advierte que esta posición podría usurpar el poder legislativo al ignorar la intención de los redactores (originalismo), quienes buscaban limitar la enmienda estrictamente para proteger derechos civiles básicos, no para fomentar la igualdad social o política ante la ley.
La advertencia de Berger era deliberadamente preocupante, en tanto el manejo que hacían los jueces activistas de la Decimocuarta Enmienda simplificaba y restringía el amplio caudal de garantías individuales que consagra la Constitución para centrar su articulado en la imposición de subsidios sociales.
La argumentación de Berger nos recuerda que la Constitución debe defenderla el estado de derecho, no el gobierno basado en opiniones morales o decretos ejecutivos.
La cuestión de fondo, que ya se habían planteado los padres fundadores para garantizar la Primer Enmienda, era proteger la libertad individual que implica a su vez libertad de conciencia y de creencias. En definitiva, la libertad de tener y expresar los puntos de vista que cada individuo considere correctos. Una libertad que, según Berger, corre el riego de resentirse bajo el pretexto de la interpretación constitucional.
Nadie mejor que Forrest McDonald, prologuista de “Government by Judiciary: The Transformation of the Fourteenth Amendment” para aclarar que el análisis de Berger ha resistido el paso del tiempo al demostrar que la Corte Suprema utiliza la Decimocuarta Enmienda como método para “revisar continuamente la Constitución bajo el pretexto de la interpretación”. Es evidente que, al asumir este papel de reformadores, las cortes se alejan mucho de su función constitucional para ejercer el papel de activistas judiciales.
La audición reciente de la Corte Suprema de los argumentos orales sobre la orden ejecutiva del gobierno de Donald Trump, que pretende regularizar la ciudadanía por derecho de nacimiento a hijos de inmigrantes documentados, ilustra con especial claridad la ambigüedad que existe entre constitucionalismo y lógica fundamental del Estado, cuando cambian los incentivos políticos para la izquierda.
La cláusula de ciudadanía de la 14ª Enmienda (1868) establece que toda persona nacida o naturalizada en EEUU, y sujeta a su jurisdicción, es ciudadana de Estados Unidos. Entonces, a juzgar por lo que dice la cláusula, la frase clave aquí en litigio es “sujeta a su jurisdicción”.
Si nos ceñimos al espíritu del texto original, es posible deducir que la frase “sujeta a la jurisdicción” exige que un ciudadano no solo haya nacido en territorio estadounidense, sino que sus padres también se encuentren legalmente en el país. Por tanto, dado que los extranjeros deben lealtad a otra nación, los expertos sostienen, que en este caso estas personas no están “sujetas a la jurisdicción” de los Estados Unidos.
"Control"
El gobierno de Trump defiende que esta tradicional práctica política ha incentivado a extranjeros, incluso de naciones hostiles, a viajar a Estados Unidos para tener hijos. Asimismo, el ejecutivo señala que el llamado turismo de natalidad es una amenaza para la seguridad nacional al no tener control sobre quién obtiene la ciudadanía estadounidense.
Al argumentar a favor de esclarecer el significado que la cláusula tenía en el momento en que fue escrita o el propósito original que tenían los autores cuando fue concebida, el núcleo del debate es si la ciudadanía por nacimiento, protegida por la Decimocuarta Enmienda, puede ser regulada por una orden ejecutiva que propone dilucidar de la manera más exhaustiva el texto constitucional.
Mientras defensores como la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) aseguran que la Enmienda 14 es clara a la hora de garantizar la ciudadanía a toda persona nacida en EEUU, por su parte críticos y medio conservadores han cuestionado la interpretación amplia de "sujeta a su jurisdicción", sugiriendo que la intención original no abarcaba a hijos de extranjeros sin estatus legal.
Los jueces de la Corte Suprema deberían considerar que lo que se propone es una orden ejecutiva que esclarezca el alcance y la aplicación de los términos que encierra la cláusula aludida de la Decimocuarta Enmienda, de acuerdo con una realidad jurídica específica en la aplicación efectiva y práctica de los principios y normas de la Constitución, y no como pretensión ideológica.
"Enmiendas a la Constitución"
En Estados Unidos, como en buena parte de América Latina y el mundo, la justicia está politizada. No de otra manera se explica que desde que los demócratas comenzaron con las enmiendas a la Constitución, casi la gran mayoría de los políticos de izquierda (incluidos medios de prensa, encuestadores y plataformas de redes sociales afines) estén convencidos de la razón y la importancia de las enmiendas llevadas a cabo por presidentes como Obama, así como de la amenaza que, según ellos, representan las modificaciones propuestas por Trump por su naturaleza inconstitucional.
En la práctica jurídica y política, el diseño constitucional norteamericano ha contraído la mayor deuda con sus bases fundacionales: los ciudadanos perciben un gran peligro en la politización de la Justicia y en la judicialización de la política que amenaza la división de poderes, fundamento de todo Estado de derecho a decir de Montesquieu.
FUENTE: Juan Carlos Sánchez