Pregunta:
Pregunta:
Mi vecina dice que mis niños de 4 y 12 años de edad posiblemente tengan derecho a recibir beneficios como sobrevivientes ya que su madre falleció, ¿es cierto? LaRua, Miami Fl.
Respuesta:
Si la mamá trabajó y ganó el número de créditos de Seguro Social necesarios, ambos, usted y sus niños, podrían tener derecho a recibir los beneficios. Debe solicitar los beneficios como sobreviviente lo más pronto posible ya que sólo podemos pagar beneficios retroactivamente hasta seis meses. Puede solicitar los beneficios simplemente llamando al número de teléfono gratis del Seguro Social, 1-800-772-1213. Las personas sordas o con problemas de audición pueden llamar a nuestro número gratis TTY 1-800-325-0778, entre las 7 a.m. y 7 p.m., de lunes a viernes. Para informarse mejor, lea nuestra publicación titulada Beneficios para sobrevivientes.
Pregunta:
¿Cuánto tiempo se toma en llenar la solicitud de beneficios de jubilación por Internet? Valdes, Ft. Lauderdale Fl.
Respuesta:
Le puede tomar tan poco como 15 minutos llenar la solicitud por Internet. En la mayoría de los casos, una vez presenta la solicitud electrónicamente por Internet, eso es todo lo que tiene que hacer. No tiene que firmar formularios y por lo general, no necesita enviar ninguna documentación adicional por correo. El Seguro Social procesará su solicitud y se comunicará con usted si necesita alguna información o documento adicional. No hay necesidad de manejar hasta la oficina local del Seguro Social o tener que esperar una cita para hablar con un agente. Para jubilarse por Internet, visite este sitio.
Pregunta:
Mi esposo no tiene suficiente trabajo como para tener derecho a recibir beneficios de Seguro Social ni la cobertura de Medicare. ¿Puede él tener derecho bajo mi registro de ganancias? Rojas, Kendall Fl.
Respuesta:
Esta respuesta se aplica tanto a las esposas como a los esposos. Aunque su cónyuge nunca haya trabajado y pagado contribuciones de Seguro Social, su cónyuge puede recibir los beneficios cuando cumpla su plena edad de jubilación, que serían igual a la mitad de la cantidad de sus beneficios completos de jubilación. Esto está basado en la suposición que ustedes estuvieron casados por lo menos 12 meses (o 10 años si estaban divorciados) y que él no pagó dentro de un plan de pensión que ajustaría el beneficio de Seguro Social. Si él recibe una pensión del Gobierno federal, estatal o municipal basado en un trabajo en el que no pagó impuestos de Seguro Social, cualquier beneficio que pueda recibir puede ser ajustado. Ahora bien, su cónyuge no puede recibir beneficios bajo su registro de trabajo hasta que usted haya solicitado y comience a recibir los beneficios por sí misma. Infórmese mejor leyendo nuestra publicación titulada Beneficios por jubilación.
Pregunta:
Ya recibo beneficios de Seguro Social por incapacidad. Ahora me acaban de diagnosticar una segunda seria incapacidad. ¿Puede ser aumentada la cantidad de mis beneficios? Perez, Miami Fl.
Respuesta:
No. La cantidad de los beneficios de Seguro Social está basada en la cantidad de sus salarios vitalicios antes de que se incapacitara y no en cuántas incapacidades le afectan o la severidad de estas. Infórmese mejor visitando nuestro sitio en Internet.