CARACAS.— La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó la liberación inmediata de Juan Bautista Guevara Rodríguez y los hermanos Rolando y Otoniel Guevara Pérez, condenados a prisión en 2006 por el asesinato del fiscal Danilo Anderson, tras declarar al régimen chavista internacionalmente responsable por desaparición forzada, tortura, detención arbitraria y un proceso penal fraudulento que derivó en una condena jurídicamente nula.
La decisión fue notificada este lunes, 19 de enero, en el caso Guevara Rodríguez y otros vs. Venezuela, correspondiente a una sentencia emitida el 17 de octubre de 2025 sobre fondo, reparaciones y costas, según el resumen oficial de la Corte IDH.
El tribunal concluyó que los tres hombres fueron desaparecidos por agentes estatales en noviembre de 2004 en Caracas: Juan Bautista durante ocho días, y Rolando y Otoniel durante tres. Durante ese período, el Estado negó su detención y ocultó su paradero, configurando una desaparición forzada de corta duración, figura reconocida expresamente por la jurisprudencia interamericana.
"Se ordena al Estado dejar inmediatamente en libertad a los señores Juan Bautista Guevara, Rolando Guevara Pérez y Otoniel Guevara Pérez. Asimismo, el Estado debe adoptar, en un plazo de seis meses (...) todas las medidas necesarias en el derecho interno para dejar sin efecto las consecuencias de cualquier índole que se derivan del proceso penal", indica el fallo de la Corte IDH.
Un proceso viciado desde su origen
La Corte determinó que, durante su detención clandestina, los Guevara fueron sometidos a torturas físicas y psicológicas, entre ellas golpes, asfixia con bolsas plásticas, descargas eléctricas, desnudez forzada, amenazas de muerte y agresiones mientras permanecían atados, con el objetivo de quebrar su resistencia psíquica.
Asimismo, el tribunal concluyó que el Estado, desde el mandato de Hugo Chávez, incumplió su deber de investigar de forma efectiva estos hechos y sancionar a los responsables. Tras su desaparición, los hermanos Guevara fueron procesados por el asesinato del fiscal Danilo Anderson, ocurrido el 18 de noviembre de 2004.
Los hermanos Rolando y Otoniel Guevara Pérez fueron sentenciados en 2006 a 27 años de cárcel por el homicidio calificado con premeditación y alevosía, mientras que su primo Juan Guevara Rodríguez fue condenado a 30 años de prisión por el mismo delito y además por porte ilícito de armas.
Sin embargo, la Corte-IDH concluyó que el proceso estuvo marcado por graves irregularidades, entre ellas:
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Violación del derecho al juez natural, debido a un cambio irregular de competencias judiciales.
Prisión preventiva arbitraria, sin motivación legítima y contraria al principio de presunción de inocencia.
Manipulación del proceso penal por parte de la Fiscalía y tribunales, incluyendo el uso y pago de testigos falsos.
Restricciones al derecho a la defensa y a la comunicación con abogados.
Configuración de una cosa juzgada fraudulenta, lo que genera la nulidad del proceso y de la sentencia condenatoria.
Condiciones inhumanas en El Helicoide
En consecuencia, la Corte declaró que la pena impuesta es “nula e ineficaz” y ordenó dejar sin efecto todas las consecuencias derivadas del proceso penal, incluidos los antecedentes judiciales y policiales.
Desde 2006, los hermanos Guevara permanecieron recluidos en El Helicoide, considerado el centro de torturas más grande de América Latina, en condiciones calificadas por la Corte como trato cruel, inhumano y degradante: celdas de dos metros cuadrados, sin ventilación ni luz natural, con exposición mínima al sol y sin atención médica adecuada.
El tribunal destacó el grave deterioro de la salud de Rolando Guevara, hoy mayor de 64 años, a quien el régimen no brindó tratamiento oportuno ni evaluó medidas alternativas de cumplimiento de la pena, constituyendo una violación adicional del derecho a la salud.
Afectación a familiares y medidas ordenadas
La Corte también declaró que los familiares de las víctimas sufrieron violaciones a su integridad personal y a la protección de la familia, debido al ocultamiento del paradero de los detenidos, la falta de información durante años y la afectación a su proyecto de vida.
Entre las medidas ordenadas al Estado venezolano figuran:
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La liberación inmediata de los tres integrantes de la familia Guevara.
La anulación total del proceso penal y de todas sus consecuencias.
La reapertura de investigaciones para identificar y sancionar a los responsables de las desapariciones y torturas.
Actos públicos de reconocimiento de responsabilidad internacional.
Reformas y capacitación institucional para evitar la repetición de hechos similares.
El pago de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales.
La sentencia fue adoptada por los siete jueces de la Corte-IDH, con varios votos concurrentes y parcialmente disidentes.
El tribunal anunció que mantendrá una supervisión estricta del cumplimiento hasta que Venezuela ejecute plenamente todas las medidas ordenadas.
FUENTE: Con información de la Corte Interamericana de Derechos Humanos / EFE