
El preso político de la dictadura de Nicolás Maduro, el exdiputado Juan Requesens, fue condenado en la madrugada de este jueves a ocho años de prisión
CARACAS.- El Embajador de Estados Unidos para Venezuela, James Story, condenó la sentencia emitida en Venezuela en contra del diputado Juan Requesens y otros 16 presos políticos vinculados por el régimen de Nicolás Maduro con el supuesto atentado al dictador en agosto de 2018.
A través de sus redes sociales, Story cuestionó la "sentencia" y afirmó que "un Poder Judicial politizado dará resultado politizados".
El diplomático resaltó que el proceso judicial estuvo "empañado por detenciones arbitrarias, tortura y falta de garantías procesales, sin preocupaciones por los derechos constitucionales".
El diplomático estadounidense enfatizó que "la ONU ha tomado nota de estos problemas” y que se ha hecho un llamado a la comunidad internacional para que "alce la voz" en defensa de estos presos políticos.
El preso político de la dictadura de Nicolás Maduro, el exdiputado Juan Requesens, fue condenado en la madrugada de este jueves a ocho años de prisión. El régimen le atribuye el delito de conspiración, por el supuesto atentado con drones contra Maduro en agosto de 2018, durante un acto en Caracas.
Requesens enfrentaba dos cargos por homicidio frustrado y otros cinco por tenencia de arma de fuego, terrorismo, traición a la patria, asociación para delinquir e instigación pública. Sus abogados afirman que es inocente de las acusaciones por las que fue imputado.
“El Ministerio Público, Juan Requesens, no pudo demostrar tu responsabilidad en ninguno de los siete delitos por los que fuiste acusado. La juez no tiene cómo condenarte y debes ser absuelto, pero nuestra justicia está secuestrada”, dijo Joel García, su abogado defensor.
La ONG Acceso a la Justicia afirma que la detención del exdiputado estuvo al margen del estado de derecho y violó la inmunidad parlamentaria consagrada en el artículo 200 de la Constitución, que dice que un diputado solo puede ser detenido si es hallado cometiendo un delito en flagrancia y que se le debe trasladar a su residencia y no a una prisión o la sede de un órgano de seguridad del Estado.