miércoles 27  de  marzo 2024
Venezuela

Estos son los diez puntos de la resolución que condena a Maduro en la OEA

Los puntos del documento serán sometidos a debate durante la cuarta sesión plenaria de la Asamblea General de la OEA
Por DANIEL CASTROPÉ

WASHINGTON.- La Asamblea General de la OEA, que se reúne en Washington, someterá a debate de los miembros de esta organización durante su cuarta sesión plenaria una resolución condenatoria del régimen de Nicolás Maduro, en Venezuela, y los puntos del documento son los siguientes:

1. Declarar que el proceso electoral desarrollado en Venezuela, que concluyó el 20 de mayo de 2018, carece de legitimidad por no cumplir con los estándares internacionales, por no haber contado con la participación de todos los actores políticos venezolanos y haberse desarrollado sin las garantías necesarias para un proceso libre, justo, transparente y democrático.

2. Reafirmar que, sólo a través de un dialogo nacional con la participación de todos los actores políticos y otros actores interesados venezolanos, se podrá alcanzar la reconciliación nacional y acordar las condiciones indispensables para celebrar un nuevo proceso electoral que refleje realmente la voluntad de los ciudadanos venezolanos y resuelva de manera pacífica la actual crisis en ese país.

3. Reiterar que ha ocurrido una alteración inconstitucional del orden constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, como fue declarado en la resolución CP/RES. 1078 (2108/17) del 3 de abril de 2017.

4. Urgir al Gobierno de Venezuela a dar pasos para garantizar la separación e independencia de los poderes constitucionales y restaurar la plena autoridad de la Asamblea Nacional, el Estado de Derecho y las garantías y libertades de la población.

5. Urgir al Gobierno de Venezuela a permitir el ingreso de ayuda humanitaria, así como a implementar las medidas de vigilancia epidemiológica en su país para evitar el agravamiento de la crisis humanitaria y de salud pública, en particular frente a la reaparición de enfermedades como sarampión, malaria y difteria.

6. Instar a los Estados miembros a implementar medidas para atender la emergencia epidemiológica, incluyendo suministrar medicamentos, así como considerar contribuciones a organismos internacionales competentes para fortalecer las capacidades institucionales de los países receptores.

7. Instruir al Consejo Permanente para que, en coordinación con las instituciones interamericanas e internacionales competentes, identifique las medidas apropiadas para apoyar a los Estados Miembros que están recibiendo un creciente número de migrantes y refugiados venezolanos.

8. Hacer un llamado a los Estados Miembros y Observadores a implementar, de conformidad con sus respectivos marcos legales y el derecho internacional aplicable, las medidas que estimen convenientes a nivel político, económico y financiero para coadyuvar al restablecimiento del orden democrático en Venezuela.

9. Mantenerse atenta al desarrollo de la situación en Venezuela con objeto de apoyar medidas y acciones diplomáticas adicionales que faciliten la restauración de la institucionalidad democrática y de la paz social, y promuevan el respeto absoluto a los derechos humanos y la plena vigencia del estado de derecho, en el marco constitucional de Venezuela y de manera consistente con sus obligaciones y compromisos internacionales.

10. Aplicar, en estricto apego al texto y espíritu de la Carta Democrática Interamericana, los mecanismos para la preservación y la defensa de la democracia representativa previstos en sus artículos 20 y 21.

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