lunes 18  de  marzo 2024
Venezuela

Falcón impugna la elección por compra masiva de voto

Falcón utilizó la presentación de la impugnación para reiterar que junto a los partidos que lo postularon a la presidencia estará creando un nuevo frente político.
Por EUGENIO G. MARTÍNEZ

@puzkas

El ex candidato presidencial Henri Falcón decidió impugnar el proceso presidencial del pasado 20 de mayo y solicitar a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que ordene la celebración de una nueva elección utilizando argumentos similares a los esgrimidos por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para no participar en la votación convocada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC)

A su salida del máximo tribunal Falcón explicó que la impugnación se centraba en el desconocimiento del Acuerdo de Garantías firmado entre los aspirantes presidenciales y el organismo comicial. Según Falcón el desconocimiento de este acuerdo propició el uso de los llamado Puntos Rojos (estructuras de control del Gobierno para monitorear por quién votan los venezolanos) el uso de estas estructuras para la compro de votos y la coacción a los electores y a los testigos de los candidatos que enfrentaban a Maduro.

En este sentido la petición de Falcón se centra en la tesis del “fraude continuado”, argumento que en su momento presentó Henrique Capriles Radonski en su impugnación de la elección presidencial del año 2013 y otros aspirantes opositores que se postularon a los comicios de gobernadores celebrados en el año 2017.

Hace cinco años los abogados de Capriles Radonski argumentaron que estaban “impugnando los actos previos al evento del 14 de abril (día de la elección presidencial de 2013) el acto electoral del 14 y los actos posteriores a ese día. La impugnación se fundamenta en que en democracia se debe votar, pero cuando se vota debe ser en condiciones de libertad y debe hacerse acatando la ley y la Constitución (…) se está impugnando el sistema electoral mediante el cual ocurrió la votación, los "desequilibrios" electorales, el abuso de los recursos públicos, las irregularidades en día de las elecciones y las auditorías posteriores”.

Aunque el comando presidencial de Falcón solo logró tener testigos acreditados en 41% de las 34 mil mesas de votación, el ex gobernador del estado Lara aseguró que la impugnación y solicitud de nuevos comicios se presentaba con el respaldo de 34 mil actas de escrutinio.

Además aseguró que se el escrito de impugnación se acompañó con “pruebas fehacientes del uso de portales y cadenas, que estaba previsto en los acuerdos (…) En una alocución que hiciera el presidente (Maduro) ofrecía pagos por votos en esta especie de programas del gobierno habilitando lo que se conoce como el carnet de la patria”.

Falcón recordó que su comando interpuso “a dos días de la elección un recurso ante este máximo tribunal de la República en contra de los Puntos Rojos y la compra de votos, pero el 20 en pleno proceso electoral (…) se había multiplicado por miles los puntos rojos, no estaban a la distancia a la que se había establecido (...) se escaneaba el carnet de la patria en los centros electorales, a testigos no se les permitió entrar a los centros, la perversión del voto asistido era generalizada, y así fue transcurriendo el día (…) a las 8 pm estaban abiertos los centros en violación fragante a la normativa y el acuerdo de garantías”.

Según Falcón “en los elementos que presentamos ante el TSJ están los fundamentos que demuestran que tal proceso electoral es inválido, adolece de validez por las razones antes expuestas, y además porque el soborno es castigado, penado a través de la ley y no se puede apelar a la política social de un Estado para comprar votos”.

El ex gobernador del estado Lara aseguró que el alcance de esta impugnación “debe ser el llamado a nuevas elecciones en Venezuela, esas elecciones del 20 de mayo no existieron, deben declararse nulas”

Una nueva oposición

Falcón utilizó la presentación de la impugnación para reiterar que junto a los partidos que lo postularon a la presidencia y otras organizaciones ilegalizadas por el CNE (que un día antes solicitaron su reinscripción como partidos políticos) se estará creando un nuevo frente político. Este frente, según Falcón, está "abierto al diálogo" pero "en igualdad de condiciones". En sus declaraciones el ex candidato presidencial aseguró que es imposible que cuatro partidos (en alusión a Primero Justicia, Voluntad Popular, Un Nuevo Tiempo y Acción Democrática) continúen dirigiendo de manera equivocada los destinos del país"

Apenas ganó en tres municipios

El análisis de los resultados divulgados por el CNE en los días posteriores al 20 de mayo demuestran como la participación aumentó de forma progresiva después de las 7:00pm, algo usual en la última década en Venezuela. No obstante también sugieren que la opción electoral del ex gobernador de Lara falló en forma significativa en motivar a los ciudadanos (opositores e independientes) a participar.

El análisis de los resultados del 20 de mayo relacionados por técnicos electorales no vinculados al comando de Falcón demuestra que el gobierno de Maduro logró aumentar la participación en casi 10 puntos gracias a las mesas que permanecieron ilegalmente abiertas después de la hora de cierre de los centros de votación.

El análisis de los boletines de totalización del CNE evidencian un patrón de transmisión de resultados (desde las mesas de votación hasta la sala de totalización) muy regular, al punto que para las 7:00 pm el CNE ya había recibido el escrutinio de la mitad de las 34 mil mesas de votación que fueron desplegadas para el proceso.

No obstante los boletines también demuestran que la participación aumentó gradualmente de 36% a 56% a medida que pasó el tiempo de recepción de las actas de escrutinio en las salas de totalización del CNE. A partir de las 8pm el aumento es muy gradual hasta 56% de participación para las mesas que cerraron después de las 9:00 pm.

Las principales variaciones de este tipo se registraron en tres entidades claves para cualquier evento electoral en Venezuela. En el caso de Distrito Capital se evidencia que para las mesas que permanecieron abiertas hasta las 6:00 pm el promedio de participación fue de 27%, mientras la participación subió hasta 62% para las mesas que transmitieron después de las 9 pm. Por otra parte se detectó un aumento gradual pero continuo en el porcentaje de apoyo a Maduro en la medida que las mesas cerraron más tarde, de 64% a las 6pm a 78% después de las 9:00 pm.

Estos datos se unen al pobre desempeño electoral de Falcón y a la capacidad de su comando por motivar a los electores a participar.

Si se analiza la votación por municipios se entiende el descalabro en la participación de quienes se dicen opositores e independientes. En los comicios para escoger gobernadores celebrados en el año 2017 la oposición unida en torno a la MUD solo logró obtener mas votos que el chavismo en 87 de los 334 municipios del país, mientras en los comicios municipales celebrados en diciembre de 2017 el sector opositor que decidió participar (la mayoría de los partidos que integran a la MUD se abstuvieron de participar) apenas logró conseguir el triunfo en 29 municipios.

El 20 de mayo la candidatura presidencial de Falcón obtuvo mas votos que Maduro en solo tres municipios (dos en el estado Mérida y uno en Trujillo).

2 años, 4 meses y 25 días

Falcón presentó su recurso de impugnación, entre otras razones por compra de votos, cuando el TSJ cumple 2 años, 4 meses y 25 días buscando las pruebas que avalen la denuncia por compra de votos que el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) presentó tras las elecciones parlamentarias del año 2015. La diferencia es que el TSJ decidió admitir cautelarmente la denuncia del Psuv y desincorporar a los diputados electos en el estado Amazonas y en el circuito indígena Amazonas-Apure. Esta denuncia fue la que dio pie a las decisiones sobre un supuesto desacato de la Asamblea Nacional y a la posterior convocatoria de la elección de una Asamblea Nacional Constituyente en el mes de julio de 2017.

La impugnación de Falcón también PSUV como los integrantes del Frente Francisco de Miranda.

Nulidad absoluta

En el texto del recurso contencioso electoral presentado por los abogados de Falcón pide la “nulidad absoluta del proceso del 20 de mayo con fundamento en el artículo 215.2 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, ya que existió Control y Coerción Social, haciéndose ofrecimiento de retribuciones en Dinero o Especie a cambio del Voto, lo que constituye un Hecho Notorio, Publico y Comunicacional por las varias alocuciones en diversos medios del candidato Nicolás Maduro Moros.

Además exigen al máximo tribunal que ordene a la Superintendencia de Bancos, “que presente informe con referencia a cuentas bancarias y se determine, si recibieron transferencias por la cantidad de Bs. 10.000.000,00 en el periodo desde el 18 de mayo de 2018, al 31 de mayo de 2018”.

Según la argumentación utilizada para impugnar el proceso del 20 de mayo “el carnet de la patria y la plataforma tecnológica que lo acompaña se ha constituido en el vehículo o canal utilizado por el Estado venezolano para ejecutar programas sociales cuyo alcance supera el 80% de los electores y cuya influencia resulta determinante en los sectores sociales más humildes”.

En sus argumentos el comando de Falcón sostiene que de manera que Nicolás Maduro, sus partidos y equipos electorales, “incurrió en un fraude masivo y estructural al utilizar los recursos del Estado, específicamente el Carnet de la Patria, para verificar la asistencia de las personas por medio de la lectura del código QR del carnet de la patria, al momento de participar en los procesos electorales, en el centro electoral o en las cercanías(puntos tricolor o rojo). La ausencia de lectura o verificación asistencia por medio del scaneo del Código QR, implicó el temor fundado para los votantes de la perdida de los beneficios sociales, pero además se generó una duda sobre el carácter secreto de su sufragio. Esto es una presión que no debe ser permitida por el ordenamiento jurídico y menos aún por el órgano rector electoral, por lo cual procede la tutela de este máximo tribunal”.

Según Falcón la impugnación (como lo hizo el Psuv en el año 2015) a las Actas Electorales de Escrutinio se realiza por contener el vicio de “Promesa de Pago en dinero y en Especie a cambio del ejercicio del voto controlados en los Centros de Coerción Social denominados Puntos Rojos que funcionaron el 20 de mayo de 2018, en los centros de votación, ello de conformidad con el artículo 215.2 de la Ley de Procesos Electorales, pidiendo se declaren nulas”.

Con similares argumentos el TSJ dio la razón en el año 2015 al PSUV y ordenó ordenó la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación del CNE en el estado Amazonas y en el circuito indígena de los estados Amazonas-Apure.

Esta decisión cautelar permitió en los meses siguientes de 2015 dictaminar el desacato de la Asamblea Nacional y en 2017 justificar la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente.

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