Del exhorto de Chávez a Maduro pasaron más de tres años, cuando el heredero político encontró en el modelo comunal la estrategia para desconocer el triunfo electoral de la oposición venezolana en las elecciones parlamentarias del año 2015.
Consumada la derrota del chavismo, Maduro convocó inmediatamente la conformación de un Parlamento Comunal. “Voy a dar todo el poder al Parlamento Comunal, y ese Parlamento va a ser una instancia legislativa del pueblo desde la base”, aseguró Maduro quien rápidamente olvidó la idea mientras el Tribunal Supremo de Justicia emitía sentencias en contra de la Asamblea Nacional controlada por la oposición. Dos años después, Maduro convocaría a una Asamblea Nacional Constituyente.
Sin embargo, la división de la oposición y la designación de un nuevo Parlamento (reconocido solo por los aliados internacionales de Maduro) el pasado 6 de diciembre de 2020 reactivó la idea del Estado Comunal.
No es sencillo encontrar experiencias similares a la que se persigue con el Estado Comunal en Venezuela, salvo que este proyecto se compare con la organización de la China de Mao, los zapatistas en México o la Comuna de Paris.
El pasado 10 de enero Maduro explicó que la nueva Asamblea Nacional debe aprobar la Ley del Parlamento Comunal, una instancia nacional que debe estar conformada por 5.000 diputados distribuidos en varios niveles de organización social en todo el país. El gobernante aspira a que esta instancia esté instalada para el 24 de junio, y de esta manera celebrar los 200 años de la batalla de Carabobo, en donde se consolidó la independencia de Venezuela.
La historiadora Margarita López Maya recuerda en el ensayo “Socialismo y comunas en Venezuela” publicado por la fundación Friedrich Ebert Stiftung que el concepto de comuna “es una innovación participativa que se crea para fortalecer de manera expresa lo que el gobierno llama el poder popular, un concepto pensado desde una idea de socialismo cercana a la cubana”.
Nuevos conceptos de propiedad
El alcance del Estado Comunal está desarrollado en las cinco leyes del Poder Popular que fueron aprobadas por la Asamblea Nacional (presidida por Diosdado Cabello) en diciembre del año 2010. Estas cinco leyes recogen todos los elementos de la reforma constitucional rechazada en 2007. Estas leyes son:
1.- La Ley Orgánica del Poder Popular
2.- Ley Orgánica de Comunas
3.- Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal
4.- Ley Orgánica de Contraloría Social
5.- Ley Orgánica de Planificación Popular
López Maya recuerda que el Estado comunal que emergente de estas leyes, “las decisiones se toman por mecanismos de democracia directa. Así, se asignan a consejos comunales y comunas funciones muy numerosas y complejas. Las comunas serían articuladoras de consejos comunales, pero tienen tareas adicionales a estas: por ejemplo, contribuir al orden público, construir una economía de propiedad social como tránsito al socialismo y garantizar la existencia efectiva de formas y mecanismos de participación directa de la gente en la formulación, la ejecución y el control de planes y proyectos vinculados a los aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa.
Adicionalmente las comunas se encargan de elaborar planes comunales, que concretan los dictados por el gobierno central, del cual dependen a través de regiones federales de gobierno, también creadas como entidades que, «dentro del socialismo», adelantan planes especiales de desarrollo y por medio de las cuales el presidente, en Consejo de Ministros, encauzará inversiones y demás recursos fiscales.
Nueva estructura político-territorial
Este conjunto de leyes es la base para consolidar una nueva estructura político-territorial del país a partir de la comunidad y la comuna, lo que implicaría modificar o reinterpretar el artículo 16 de la Constitución vigente.
La esencia de esta nueva división es la conformación de formas de autogobierno y de procesos comiciales de segundo grado en donde solo existe el voto directo para que las comunidades escojan a sus representantes en los Consejos Comunales. A partir de este punto, los delegados de cada Consejo Comunal deben seleccionar a las autoridades de su Comuna y éstas a su vez a los integrantes de los autogobiernos comunales. De estos autogobiernos y sus parlamentos comunales regionales nacerá el Parlamento Comunal, que en esencia asumirá la mayoría de las competencias de la actual Asamblea Nacional.
Según lo previsto en las leyes del poder popular esta estructura convivirá -en el mediano plazo- con la actual división político territorial del país hasta que las comunidades organizadas auto sustentables conviertan a los municipios en “cascarones vacíos”, instancias de gobierno que, probablemente, queden encargadas del ornato de la ciudad.
La imposición del Poder Popular también implica que el modelo económico productivo (establecido en el artículo 112 de la actual Constitución) debe orientarse a la creación de distintas formas de empresas y unidades económicas de propiedad social, tanto directa o comunal como indirecta o estatal, así como empresas y unidades económicas de producción y distribución social.
Este cambio del modelo económico productivo y del concepto de propiedad privada, implicaría una violación al contenido del artículo 115 de la Constitución. Sin embargo, las estructuras del Poder Popular consagradas en las cinco leyes del Poder Popular requieren tener, al menos, cinco tipos básicos de propiedad:
La propiedad pública que pertenecerá a los organismo del Estado.
La propiedad social que debe pertenecer al pueblo y podrá ser de dos tipos:
La propiedad social indirecta, cuando sea ejercida por el Estado a nombre de una comunidad.
La propiedad social directa cuando el Estado la asigna, bajo distintas formas y en ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana;
La propiedad colectiva que debe pertenecer a grupos sociales o personas, pudiendo ser de origen social o de origen privado.
La propiedad mixta que será la conformada entre el sector público, social, colectivo y privado, en distintas combinaciones.
La propiedad privada que según las leyes del Poder Popular es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo y medios de producción legítimamente adquiridos.
López Maya recuerda que el gobierno de Maduro “no entiende la participación como una herramienta que permita a la gente resolver sus problemas, desarrollar atributos de ciudadanía, fortalecer lazos comunitarios y crear una democracia más robusta. Sus políticas, más bien, utilizan las organizaciones para distribuir bienes o dinero como formas de control social, en procura de apoyos políticos. Eso sí, vienen acompañadas de una pomposa retórica revolucionaria sobre el poder popular”
Hasta ahora un fracaso
Según la historiadora Margarita López Maya el sistema comunal no estuvo inscripto desde el principio en el proyecto bolivariano de democracia participativa y protagónica. Sus inicios deben buscarse en el segundo gobierno de Hugo Chávez y, “tal como se desprende de los reproches de este a ministros y funcionarios, las comunas y los consejos comunales no lograron cuajar como una nueva institucionalidad”.
Para la historiadora, los consejos comunales y comunas, como parte de un repertorio de innovaciones participativas, en un contexto democrático que los deslindara de los partidos políticos o del Estado, podrían constituirse en espacios para el desarrollo de igualdad. Sin embargo, en las actuales circunstancias, este tipo de instituciones enfrentan insalvables obstáculos y más bien tenderán a desintegrarse o a quedar como meras correas de distribución de bienes que otorga el gobierno a cambio de lealtades políticas.