miércoles 10  de  junio 2026
POLÍTICA

¿Cuál es el procedimiento para suspender a un presidente en Colombia?

El Senado de Colombia es quien está facultado para suspender a un presidente. No tiene validez "suspensión provisional" de Petro ordenada por una representante

Por REDACCIÓN/Diario Las Américas

BOGOTÁ.- La tensión política aumentó este miércoles en Colombia tras la irregular decisión de la presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, que ordenó la “suspensión provisional” del presidente Gustavo Petro, mientras lo investiga por su presunta participación en la campaña electoral. La representante debió retractarse en medio de severos cuestionamientos políticos y constitucionales.

Según la Constitución, el procedimiento es que primero la medida debe ser discutida por la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes y, si allí prospera, ahí sí podría llegar al Senado, que tendría la última palabra. El Senado, que es el que tiene la facultad de suspenderlo, por lo cual la medida de este miércoles carece de validez.

Horas después de la polémica, Arizabaleta, del oficialista Pacto Histórico, se retractó y pidió remitir a la Comisión de Acusaciones la solicitud de suspensión a Petro y que la decisión que se asuma sea comunicada al presidente del Senado.

Petro ha sido denunciado varias veces por presunta participación en política durante la campaña para las elecciones cuya segunda vuelta será el 21 de junio, y el 26 de mayo la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara le abrió una investigación.

Casi a diario, el mandatario comenta lo que sucede en la campaña y responde a mensajes de sus adversarios políticos, como el abogado Abelardo De la Espriella con quien suele enfrentarse en la red social X. De la Espriella (Firmes por la Patria) se medirá con el oficialista Iván Cepeda en el balotaje.

¿Por qué se suspende a un presidente?

En Colombia está prohibido que un presidente intervenga en una campaña política a favor de alguno de los candidatos y se considera una falta gravísima.

Gloria Arizabaleta considera prueba de la participación del mandatario en el proceso electoral "la difusión reiterada de mensajes a través de la cuenta oficial @petrogustavo entre el 6 y el 9 de junio de 2026, varios de ellos referidos de manera directa a candidatos y a la campaña presidencial".

"Juan Manuel Restrepo (candidato a la vicepresidencia) es un extremista de la derecha de la Iglesia católica", reza un mensaje.

La medida solicitada por la representante oficialista hacia Petro es inédita en el país. Nunca antes se había ordenado una medida cautelar de este tipo y Arizabaleta alega, entre otros motivos, la posibilidad de que la conducta continúe y se reitere, puesto que la segunda vuelta electoral está programada para el 21 de junio.

"En derecho no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinario", recordó el ministro de Interior, Armando Benedetti, un aliado de Petro.

Roy Barreras, excandidato presidencial y expresidente del Congreso, recordó que "no tiene ninguna validez jurídica" la decisión. Señaló en su cuenta de X que "la Comisión Legal de Acusaciones NO tiene ninguna atribución para semejante decisión inconstitucional y por tanto no tendrá efecto alguno". Barreras fue esposo de la representante que hizo el planteamiento.

¿Quién puede suspender a un presidente?

El artículo 194 de la Constitución colombiana dice que solo se inhabilita a un presidente por "su muerte, su renuncia aceptada, la destitución decretada por sentencia, la incapacidad física permanente y el abandono del cargo, declarados éstos dos últimos por el Senado".

La Comisión de Acusaciones de la Cámara, integrada por 16 congresistas de diferentes partidos, es la única instancia que puede investigar a un presidente, y otros aforados. Esta comisión recibe denuncias o investigaciones preliminares, recopila pruebas y decide si formular cargos y preparar un proyecto de acusación.

De ser así, la Comisión recomienda acusar al presidente o a otro alto funcionario y el caso pasa a manos de la Cámara de Representantes (Baja), que tiene que votar y aprobar la acusación y de ahí pasa al Senado (Alta), donde se somete al mismo proceso. Entonces, si pasa esas dos votaciones, el presidente es destituido.

Reacciones opositoras

El candidato Abelardo De la Espriella calificó como un "autoatentado legislativo" la decisión de la presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.

"Lo que acaba de ocurrir es un prevaricato monumental, un autoatentado legislativo diseñado a la medida para Gustavo Petro y para que, por supuesto, él pueda hacer campaña, salir tranquilo mientras se victimiza y le prende fuego al país", dijo De la Espriella.

El expresidente Iván Duque (2018-2022) manifestó que la orden de Arizabaleta de suspender a Petro sólo busca la "victimización" del jefe de Estado.

"Una congresista no puede suspender al presidente de la República. ¿Qué se busca? ¿Un mecanismo de victimización para que Petro intervenga de manera más vulgar en las elecciones? Muy curioso que todo esto salga de la propia coalición de gobierno", expresó Duque.

Agregó: "Los colombianos no nos vamos a dejar meter los dedos a la boca".

Por su parte, el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, opositor a Petro, afirmó: "No crean bobos a los colombianos". Calificó de "golpe a pocos días de las elecciones" el intento de la congresista de suspender al presidente.

FUENTE: Con información de EFE/Bluradio

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