sábado 4  de  julio 2026
Terremotos

Interinato en Venezuela utilizaría decreto de emergencia para ocupar inmuebles amparados en la población

Diosdado Cabello como ministro de Relaciones Interiores, directamente, o a través de Protección Civil podrá ejecutar las ocupaciones de edificaciones y terrenos

Por REDACCIÓN/Diario Las Américas

CARACAS — Con el decreto número 5.364 publicado en la Gaceta Oficial extraordinaria, número 7.039, de fecha 24 de junio, por medio del cual se declara el Estado de Emergencia en Venezuela, se da mano libre a Diosdado Cabello y a Protección Civil de “hacer y tomar lo que crea conveniente para atender la emergencia nacional” ocasionada por la devastación de los dos potentes terremotos, interpretaron varios abogados.

La presidenta encargada del país suramericano, Delcy Rodríguez, ampara su decreto en el artículo 226 y el numeral 2 del artículo 236 de la Constitución, concatenado con los artículos 34, 35 y 36 del Decreto con Fuerza de Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, y los artículos 73 y 74 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública.

El artículo 6 del referido decreto de emergencia establece: “En virtud de la declaratoria de emergencia objeto del presente Decreto, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a través de la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres podrá dictar, por vía de excepción, las medidas especialísimas que estime pertinentes a fin de garantizar a la población el suministro de los servicios básicos necesarios, la restitución de la infraestructura afectada y la superación de los inconvenientes ocasionados como consecuencia de los eventos sísmicos de gran intensidad”.

Se añade en el texto, del artículo 6: “En consecuencia, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, directamente o, a través de la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, podrá dictar y ejecutar, o hacer ejecutar, la ocupación temporal de instituciones y establecimientos públicos y privado, lotes de terrenos, áreas que se requieran para la atención de la población y sectores afectados. Asimismo, podrá ejecutar o hacer ejecutar las requisiciones de bienes y servicios indispensables para la satisfacción de las necesidades de la población afectada”

De acuerdo con varios abogados consultados —se resguarda el nombre en aras de su protección—, el decreto faculta directamente a Diosdado Cabello, como titular del Ministerio de Relaciones Interiores o de Protección Civil bajo su mando, para ejecutar las acciones.

Una de las opiniones jurídicas señala que: “El artículo 6 permite a la autoridad de Protección Civil, temporalmente, ocupar cualquier inmueble que sea necesario para las operaciones de atención a la población y podrá ‘confiscar o tomar’, requisición le llaman, de bienes y servicios indispensables para la población afectada”.

Agrega el jurista: “Eso quiere decir que si necesitan insumos de alguna empresa los podrán tomar si lo consideran conveniente y, aunque no lo dice expresamente, deben pagar su costo, pero no indica ni la forma de pago ni el tiempo dentro del cual deben pagar”.

¿La historia se repetirá?

En 2025, cuando la temporada de lluvias en Venezuela asoló principalmente a los estados andinos que sumaron más de 8.000 damnificados, la mayoría de los cuales quedaron sin vivienda, la administración de Nicolás Maduro procedió a entregar inmuebles desocupados por la migración.

En el estado Mérida, región andina, se reportó la entrega de cinco apartamentos “vacíos” a familias afectadas por las lluvias, y se indicó que sus beneficiarios originales habían migrado del país, así lo reseñó El Nacional, el 4 de julio de 2025.

La ONU, en cálculos preliminares, señala que más de 59.000 edificios fueron afectados por el doblete sísmico del 24 de junio.

Aún oficialmente no se sabe, con certeza, el número de personas que quedaron sin hogar, principalmente en el estado La Guaira, la zona más arrasada por la fuerza telúrica.

Cifras de la organización de migración de la ONU determinan que más de 9 millones de venezolanos han abandonado su país debido a la crisis socioeconómica que golpea a los ciudadanos.

FUENTE: Con información Gaceta Oficial de Venezuela y El Nacional

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