martes 10  de  diciembre 2024
NEGOCIOS

¿Quién puede comprar un edificio en Cuba?

¿Quién puede comprar un edificio entero en la isla cuando el tercero de los Lineamientos Generales del Partido Comunista expresa que "no se permitirá la concentración de propiedades ni la acumulación de riquezas"?

"Se vende edificio con sus 11 apartamentos y espacios utilizables". El anuncio está en la fachada de un inmueble de la calle Escobar, en Centro Habana.

¿Se puede vender un edificio en Cuba?

"Sí, mientras los propietarios de todos los apartamentos se pongan de acuerdo", explica a Diario de Cuba una funcionaria del Instituto Nacional de Vivienda que pide discreción sobre su identidad.

"Desde que el Gobierno autorizó la compraventa de casas es absolutamente legal. Siempre que todo ocurra dentro del marco jurídico y se cumplan tanto las regulaciones establecidas para estos fines, como las tasaciones y los impuestos, no debe existir problema alguno", añade sin ofrecer más detalles.

Vecina de Malecón #67, Ania Cabrera relata que en una ocasión "un empresario se enamoró" del edificio en el que vive, pero los vecinos no lograron ponerse de acuerdo en los precios.

"Parece que algunos querían hacerse millonarios con la venta y el empresario desistió. Total, el edificio sigue en mal estado y ninguno de nosotros tiene dinero para repararlo en su conjunto. En mi criterio, no aprovechamos una buena oportunidad como sí la aprovecharon los vecinos de Malecón #111".

A Pichi, joven de 32 y vecino de La Habana Vieja, le salió bien ponerse "duro" con el comprador de su edificio, en Villegas y Muralla. Logró sacar mejor provecho que sus vecinos.

"Todos se fueron con la primera bola, pero yo esperé. Al final, arreglamos mi precio por mi apartamento y pude comprarme otro aquí mismo en La Habana Vieja. El tipo quería hacer un superhostal de lujo".

Pero entonces, ¿quién puede comprar un edificio entero en Cuba cuando el tercero de los Lineamientos Generales del Partido Comunista expresa que "no se permitirá la concentración de propiedades ni la acumulación de riquezas"?

Por otra parte, la Ley General de la Vivienda de 1988 establece en su Artículo 2, modificado en 2015, que "será legítimo tener, por las personas naturales cubanas con domicilio en el país y los extranjeros residentes permanentes en el territorio nacional, además de la de ocupación permanente, la propiedad de otra vivienda ubicada en zona destinada al descanso o veraneo. Fuera de esa posibilidad […] ninguna persona tendrá derecho a poseer más de una vivienda".

Nelo Ramos, graduado en Arquitectura que ejerce como contratista privado, reafirma que "a excepción de los que tienen residencia en la isla" ningún extranjero puede, "directamente", comprar propiedades o invertir en negocio alguno.

"Los extranjeros o los cubanoamericanos utilizan a familias enteras o a personas de absoluta confianza para comprar cada apartamento de un edificio. Estas mismas personas posteriormente serán también los titulares de los negocios, como dueños de hostal o como arrendadores de espacios", explica.

Para Ramos, las brechas legales propician el florecimiento de negocios privados con capital extranjero.

"Es legal vender tu apartamento, es legal comprarlo y es legal obtener una licencia para arrendar espacios o para regentar un hostal —aunque recientemente el Gobierno paralizó la entrega de estos permisos—. La mayoría de los grandes negocios privados, a excepción de los controlados por los militares, se financian con capital extranjero mediante esa brecha legal".

Involucrado en la construcción de los más lujosos hostales de La Habana Vieja y Centro Habana, Ramos está seguro de que "esa es la vía para regentar cadenas no solo de hostales, sino también de cafeterías y restaurantes clase A".

"Y el Gobierno hace la vista gorda"

Técnica de la empresa constructora Puerto Carena de la Oficina del Historiador de la Ciudad, Madelyn Reygada afirma que es imposible que el Estado cubano ignore que el capital extranjero contribuye a este desarrollo.

"Aunque todavía un extranjero no puede comprar una propiedad directamente, sí es permitida la inversión de capital extranjero siempre que las caras visibles sean cubanos residentes en la Isla. Un ejemplo de ello es la boutique de Paul Sharp, negocio regentado por un extranjero", dice.

Según el decreto-ley 317, promulgado por el Consejo de Estado y de Ministros, el Banco Central de Cuba —asistido por los ministerios de Interior, Justicia y la Fiscalía General— tiene la prerrogativa de exigir información sobre el verdadero dueño, controlador del negocio o el beneficiario final, además de indagar sobre el origen del capital y sobre cuál será su destino.

"Es decir, el Gobierno sabe que se están vendiendo propiedades a extranjeros, sabe además que está eso contribuyendo a la gentrificación de la ciudad, y hace la vista gorda", opina Alexander Dominich, gestor privado de compraventa de inmuebles.

"Grupos de personas con abundantes recursos descubren barrios o muchos inmuebles en pésimo estado, que son una buena oportunidad para comprar e instalarse en él o poner negocios", explica.

Albañil restaurador de una brigada privada, Leonel Rodríguez, concluye que este fenómeno se extiende más allá del negocio de regentar hostales para el turismo internacional y traspasa las zonas del Casco Histórico. A su juicio, el Gobierno tiene participación directa.

"Tanto las residencias como locales para negocios que hemos diseñado o remodelado, son de personas con familiares solventes en el exterior, o de extranjeros residentes en Cuba que vienen a invertir y acceden a propiedades del Estado a través de Palco S.A., como el recién inaugurado bar-restaurante de 31 y 20, que antiguamente era un supermercado", dice.

FUENTE: DIARIO DE CUBA/JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ

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