martes 26  de  marzo 2024
OPINIÓN

"Bonny" Cepeda y Maduro en 1,000 caracteres

Nuestra tragedia compatriota no da para para chistes. Pero "Cepeda" dijo que había confesado en una entrevista previa que Maduro le había pagado, contantes y sonantes, US $60 mil, por tontear, bromear, para hacerse el cómico
Diario las Américas | OMAR ESTACIO Z.
Por OMAR ESTACIO Z.

El cronista no se aventura a opinar cuál sería el más abominable de los siguientes escenarios.

Que entre, Nicolás Maduro, por una parte, y por la otra Fernando Antonio Cruz (a) “Bonny Cepeda”, dominicano, residente a medio tiempo en Puerto Rico, músico, en medio de la crisis humanitaria que atraviesa Venezuela, nos hubiesen malversado a los venezolanos, in unitatis et solidaritatis, US $60,000.00, cobrados por Cruz a Maduro, por cantar en su fiesta de cumpleaños, NOV 23, 2020.

O que no. Que al contrario del escenario número uno, Maduro, no le habría pagado al artista un centavo, por lo que el show privado habría sido, gratuito, pro-bono, por camaradería, afecto o por ideales compartidos porque, nadie, a cambio de nada, viaja ida y vuelta, seis o siete mil millas, gasta en pasajes, miembros de la orquesta, instrumentos de cuerda y viento, hoteles, comidas, viáticos, molestias en aeropuertos.

Cabe acotar, antes de proseguir, que las incriminaciones contra Maduro y la hecatombe socioeconómica que ha desencadenado su desgobierno, son clamor universal, con decibeles más agudos en EEUU y en el ámbito hispanoparlante. Persona alguna, -menos todavía, los protagonistas de tal francachela- podría argüir el consabido “yo no sabía”, que desconocía el entorno en medio del cual tuvo lugar la bochornosa celebración y el prontuario del anfitrión.

https://www.dea.gov/press-releases/2020/03/26/nicolas-maduro-moros-and-14-current-and-former-venezuelan-officials

Los delitos contra los DDHH trascienden el ámbito territorial del país donde se perpetran. Que violaciones de tal calado se hayan consumado en Venezuela no es óbice para que su onda expansiva haya rebasado las fronteras locales.

La normativa de Naciones Unidas, contiene numerosos ejemplos. Toda persona, a escala mundial, por mencionar algo que atañe al caso de autos, sin importar su nacionalidad, residencia o paradero, tiene el derecho y la obligación -subrayamos esta última palabra- de promover y proteger la integridad de los derechos humanos y las libertades universalmente reconocidas (A/RES/53/144 8 de marzo de 1999 sobre la base del informe de la Tercera Comisión A/53/625/Add.2)

https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Defenders/Declaration/declaration_sp.pdf

Quiere decir que, ustedes amables lectoras, amables lectores, el cronista incluido, no solo tenemos la potestad sino, también, la obligación, al menos en teoría, de denunciar la masacre de las tortugas de Madagascar, sin importar que seamos venezolanos, que no tengamos residencia, en la mencionada nación insular y que los quelonios no sean hombres ni mujeres, puesto que, la protección del medio ambiente, incluidas las especies marinas, se tienen por derecho humano de 3ª generación.

Otra cosa es, la jurisdicción nacional, ante la cual, pueden ejercerse esas acciones de tutela. ¿Cuántos muertos, menos, a causa del COVID-19 se hubiesen registrado, en Venezuela, si en lugar de pagarle US $60 mil, al señor “Cepeda”, “Bunny” o Cruz se hubiesen invertido esos dólares en restañar, aunque sea, la infraestructura hospitalaria de Venezuela devastada por el nefando Maduro? ¿Cuántas vacunas contra el virus pudieron haberse comprado con ese dineral? Tal distracción de fondos podría configurar atentado contra los derechos a la salud y, en consecuencia, contra la vida de mis compatriotas, que no son de 3ª sino derechos humanos, de primerísima generación. Con efectos de granada fragmentaria procesal, porque al explotar, autoridades de diferentes países, en lo criminal, civil, comercial, de DDHH, migratorias, pueden avocarse y emitir ramilletes de sanciones.

Uno o varios venezolanos. O uno o varios activistas de DDHH, chinos, burundeses, esquimales, del archipiélago de Tonga, desde la comodidad de sus respectivos hogares, en Caracas, Miami o en cualquier confín, no solo podemos, sino que estamos obligados, según los ya transcritos principios de NNUU a denunciar como lo hacemos en la presente crónica, pero denunciar también, digamos, ante la Unidad Contra Violadores de Derechos Humanos y Crímenes de Guerra (HRVWCU por sus siglas en inglés) del gobierno de EEUU, División de Investigaciones de Seguridad Nacional (NSID, igual por sus siglas en inglés), los pormenores del citado cumpleaños, a través del teléfono o las direcciones electrónicas siguientes:

https://www.ice.gov/investigations/human-rights-violations-war-crimes

https://www.ice.gov/es/investigaciones/violadores-derechos-humanos-crimenes-guerra

+1 (866) DHS-2-ICE (866-347-2423)

Opino que por Internet es la mejor vía. Planillas de denuncias en inglés y en español. Ver política de privacidad por el https://www.ice.gov/site-policies. El relato de las violaciones de los DDHH, debe ser veraz y no exceder los mil caracteres. Me consta que en tal espacio caben, holgadas, bien fundadas, sendas narraciones de delitos aberrantes.

Nuestra tragedia compatriota no da para chistes. Pero el señor “Cepeda” o Cruz, expresó en reciente entrevista por la TV que sí, que en efecto, había confesado en una entrevista previa, que Maduro le pagó, contantes y sonantes, sus US $60 mil, pero que lo había dicho por tontear, bromear, para payasear un poco, para hacerse el cómico. Habría que preguntarle a los deudos de los muertos a causa de nuestra incuria hospitalaria, cuántas carcajadas les arrancó semejante bufonada.

No hay ángulo desde el cual se minimice, la gravedad de este asunto. Lo decíamos al comienzo. Ir a cantarle, gratis o pro bono, -segundo escenario- a un prófugo por narcoterrorista, corrupto, torturador, asesino, lisiado moral y mental, que inmediatamente después de acribillar estudiantes, se exhibe por TV como bailarín de salsa, podría acarrearle al cantor, la clasificación de extranjero indeseable -copio a la letra- “que respalde o defienda la actividad terrorista o persuada a otros para que respalden o defiendan la actividad terrorista o apoyen una organización terrorista” (8 USC 1182: Inadmissible aliens. Association with terrorist organizations), con las consecuencias subsiguientes.

Los involucrados en el polémico cumpleaños, ¡paradojas de la vida! gozan del beneficio de la duda. Hasta que no se los haga pasar por el cedazo del debido proceso en el que, se les garantice el derecho a la defensa, se presumirán inocentes.

@omarestacio

Presidente Emérito de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, Vicedecano del Colegio de Periodistas de Cuba en el Exilio, el articulista, con la presente publicación, no pretende emitir dictamen jurídico, ni sustituir la imprescindible consulta letrada en casos legales, sino ejercer su derecho a opinar con libertad.

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